Descripción de la oferta
Oferta de empleo - Técnico Medio con la especialidad de Ingeniería Industrial en la sede central de la Agencia en SevillaInformación generalTipo de convocatoriaPerfil del puesto de trabajoPerfil técnico de soporte a la gestiónDenominación del puestoTécnico Medio con la especialidad de Ingeniería Industrial en la sede central de la Agencia en SevillaAgencia Pública Andaluza de EducaciónEstado del procesoConcluidoFecha de publicaciónPlazo de solicitudNúmero de plazasLugar de trabajoCamas(Sevilla)Tipo de contratoIndefinidoTitulación oficial requeridaGrado Universitario/ Licenciatura e Ingenierías/ Diplomaturas e Ingenierías TécnicasTitulación específica requeridaTitulación Universitaria: Ingeniería Industrial o Master en Ingeniería Industrial (nivel 3 MECES), o grado en Organización Industrial (única especialidad admitida en el caso de grados). Se acreditará mediante copia del título o certificado de equivalencia, expedido por el Ministerio de Educación y Formación ProfesionalExperiencia laboral en procesos de licitación pública de servicios. Se podrá acreditar mediante contrato de trabajo, certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social actualizado, y/o certificado de empresa acreditando las funciones desarrolladas. Si no fuera posible adjuntar dicho certificado se tendrá que aportar declaración responsable de la persona solicitante sobre las funciones realizadas y los períodos de realización de las mismas.Disponer de carnet de conducir B, coche propio y tener disponibilidad permanente para viajar usando el mismo, dentro de la jornada laboral.Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Comunidad Europea, o concesión de la residencia legal en España para las personas extranjeras.Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias del puesto.Tener cumplidos dieciocho años y no superar la edad mínima de jubilación.No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, en cualquiera de los Estados comprendidos en el apartado anterior; ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
#J-18808-Ljbffr