Oposiciones del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

MasterD
Todas 01-06-2024

Oposiciones del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

MasterD Todas 01-06-2024
Resumen

Localización

Todas

Area

Jurídico, Fiscal, Secretarias, Administrativos, Personal de Apoyo

Método

Semipresencial

Fecha de inicio

21-05-2020
Oposiciones del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Oposiciones Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Prepárate con MasterD las oposiciones para trabajar en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, obtendrás un puesto fijo donde podrás desarrollar tu carrera profesional con estabilidad laboral y trabajarás en los órganos centrales y territoriales de los Ministerios y de los Organismos Públicos de la Administración General del Estado. En MasterD te ofrecemos la preparación más completa para afrontar con éxito estos procesos selectivos: Campus Online adaptado a las pruebas exigidas. El temario más completo, constantemente actualizado. Profesores expertos en la materia. Exámenes para entrenar lo aprendido. Clases en directo y vídeoclases 24 horas. Talleres y actividades en tu academia MasterD más cercana. Actividades grupales. Simulacros de pruebas. Todos los años se publican convocatorias de oposiciones de Gestión de la Administración Civil del Estado, y, además, podrás presentarse a los procesos selectivos convocados para los funcionarios interinos de este Cuerpo.
Requisitos Quienes aspiren a ingresar en los Cuerpos y Escalas objeto de las convocatorias, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos generales de participación, así como los que señalen las correspondientes bases específicas: 1. Nacionalidad. 1.1. Tener la nacionalidad española. 1.2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas: a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. 2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 3. Edad: Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud. 4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 5. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre. Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre. (A efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

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